MAYORDOMÍA

DOMICILIACIÓN DE CUOTAS ORDINARIAS

Con el fin de agilizar las distintas tareas administrativas que la Hermandad genera, y tal como se informó a todos los hermanos, en el Cabildo General Ordinario de cuentas, celebrado el pasado 7 de marzo de 2014, así como en el último boletín, la Mayordomía de esta Archicofradía, ha puesto en marcha una campaña de domiciliación de cuotas

La domiciliación de las cuotas posibilita al hermano su pago semestral, abonando el 50% en el mes de febrero y el restante 50% en el mes de septiembre. 

Los hermanos que para 2015 y años siguientes deseen seguir abonando las cuotas en efectivo a través del cobrador, deberán hacerse cargo de los gastos que este procedimiento genere (actualmente el 10% de la cuota). 

Los datos de domiciliación se pueden aportar a través de CORREO-E, o bien, dirigiéndose personalmente a la MAYORDOMÍA o SECRETARÍA de la Hermandad, indicando: 
     - Nombre y apellidos del hermano que solicita la domiciliación 
     - Número del D.N.I. del hermano que solicita la domiciliación
     - Número de teléfono del hermano que solicita la domiciliación
     - Número de cuenta bancaria completo (IBAN) 


     - Nombre y apellidos del titular de la cuenta bancaria




DE LOS MAYORDOMOS (Reglas 31 y 32)


La Mayordomía se encarga de la gestión económica de la Hermandad. Tanto el Mayordomo 1º como el 2º, gestionan los ingresos y gastos conforme a las Reglas.

Es de su competencia:
a) Llevar la administración de toda clase de bienes de la Hermandad.
b) Recaudar las cuotas, de acuerdo con lo dispuesto en estas Reglas, por lo que junto con el Secretario 1º extenderá y firmará los recibos correspondientes.
c) Mantener conforme al valor de los ingresos ordinarios una política niveladora de gastos, siempre con el Visto Bueno del Cabildo de Oficiales.
d) Tendrá reconocida la firma para extraer fondos de las cuentas bancarias abiertas por la Archicofradía, así como para la apertura de la caja fuerte alquilada para la custodia del tesoro si fuese preciso. Dicha firma será conjunta con la del Hermano Mayor y la del Censor.
e) Llevará los libros necesarios de contabilidad de la Archicofradía, archivando los justificantes de pagos realizados conservándolos durante cinco años.
f) Periódicamente presentará al Cabildo de Oficiales un resumen contable de la situación económica , sin perjuicio del estado de ingresos y gastos habidos en el ejercicio natural, que dará a conocer al Cabildo de Oficiales antes de la celebración del Cabildo General de Cuentas para su aprobación y posterior presentación a la Vicaría General.
g) Confeccionará anualmente presupuestos de ingresos y gastos que presentará previamente al Cabildo de Oficiales para su aprobación y posterior refrendo por el Cabildo General de Cuentas y con solicitud de revisión al Vicario General. Estos anteriores documentos que se refieren en los apartados e) y f), llevara el Visto Bueno del Hermano Mayor y del Censor.
h) A1 tomar posesión de su cargo, recibirá del Mayordomo saliente y en presencia del Hermano Mayor y Secretario anteriores, juntamente con los elegidos, todas las alhajas y demás efectos que quedarán bajo su custodia y responsabilidad. Dicha entrega se realizará mediante inventario por duplicado, quedando un ejemplar en su poder y entregándose otro al Secretario para su custodia en el Archivo de la Hermandad, debiendo estar ambos firmados por todos los asistentes.
i) Llevar un libro de inventario en el que figuren todos los bienes de la Archicofradía y en el que se anotarán las altas y bajas justificadas. En esta tarea recibirá el apoyo de los Priostes.