FUNCIÓN SOLEMNE en honor a nuestra Amantísima titular, NUESTRA SEÑORA DE LOS REMEDIOS, en la festividad de la Purificación de la Virgen María. 2 de febrero de 2015
DEL PROMOTOR DE CULTOS (Regla 40)
Serán cometidos del promotor/a de cultos:
a) Velar conforme a lo dispuesto en la Regla 36 a) de cuanto atañe a la celebración de los Cultos tanto ordinarios como extraordinarios, preocupándose especialmente de la designación de los Predicadores de los mismos.
b) Fundamentalmente atraer a los Cultos el mayor numero de Hermanos y velar porque aquellos sean verdaderas asambleas de oración en la fe y en la caridad.
c) Velar y garantizar la dimensión litúrgica y espiritual de la Archicofradía en los distintos Cultos Externos.
d) Vigilar y supervisar el cumplimiento de las normas litúrgicas y pastorales de la Iglesia, con sencillez y dignidad en el ornato y organización de los Cultos tanto externos como internos.